CIRUGÍA REFRACTIVA Y CONDUCCION

Cirugía refractiva y carnet de conducir

 Tras la modificación del Reglamento General de Conductores del año 2015, la ley establece que un conductor operado de cirugía refractiva pierde automáticamente su carnet de conducir durante un mes. En el caso de los conductores profesionales el periodo será de tres meses.

 Tras estos periodos el conductor debe aportar el informe de la intervención para prorrogar su permiso de conducir hasta un año. En esta ocasión no será necesario volver a realizar las pruebas psicofísicas, con el informe del oftalmológico es suficiente. Sin embargo, transcurrido ese año de prórroga si será necesario que le revisen la vista en un centro acreditado. Tras la evaluación y teniendo en cuenta el criterio del oftalmólogo, se fijará su nuevo periodo de vigencia del carnet de conducir.

 Las revisiones de la vista son muy importantes, por eso deberíamos realizarlas periódicamente. A medida que envejecemos nuestro sistema visual no responde con la misma rapidez, podemos perder agudeza visual, necesitamos más luz para ver mejor y al mismo tiempo nos cuesta más recuperarnos de los deslumbramientos. En las clínicas ópticos y oftalmólogos pueden evaluar su salud ocular a fondo.